Abril 17, 2020
Sección COVID-19, Medicare IFC: Revisiones en respuesta a la emergencia de salud pública COVID-19 (CMS-1744-IFC)
ESTA NO ES LA TRADUCCIÓN DE LA TOTALIDAD DEL DOCUMENTO. SOLAMENTE SE HA TRADUCIDO EL CONTENIDO DE LAS PAGINAS # 127 a # 129 REFERENTE A LA EVALUACIÓN CARA A CARA. PARA REVISAR EL DOCUMENTO COMPLETO POR FAVOR VAYA A https://www.cms.gov/files/document/covid-final-ifc.pdf
O A LA PÁGINA DE INTERNET DE CGS, SECCIÓN COVID-19, MEDICARE IFC: REVISIONS IN RESPONSE TO THE COVID-19 PUBLIC HEALTH EMERGENCY (CMS-1744-IFC)
Páginas # 127-129
U. Aplicación de los Requisitos Para Ciertas Determinaciones Nacionales de Cobertura y Determinaciones Locales de Cobertura Durante la PHE por la Pandemia del COVID-19
Las Determinaciones Nacionales de Cobertura (NCDs) son determinaciones del Secretario con respecto a cuando un artículo o servicio en particular está o no cubierto a nivel nacional bajo el Título XVIII. Las Determinaciones Locales de Cobertura (LCDs) son determinaciones de los Contratistas Administrativos de Medicare (MAC) con respecto a si un artículo en particular o un servicio está o no cubierto bajo la sección 1862(a)(1)(A) del "Act" en las áreas geográficas particulares del MAC. Los Artículos son a menudo publicados junto con las LCDs y contienen guías de codificación y otro tipo de guías que complementan la LCD. Las NCDs y LCDs contienen las condiciones clínicas que un paciente debe cumplir para calificar para la cobertura de un artículo o servicio. Algunas NCDs y LCDs pueden contener también requisitos para el cara a cara, evaluaciones o reevaluaciones oportunas para que el paciente califique inicialmente o para que califique para la continuación de la cobertura para este artículo o servicio. Estos requisitos son presentados en las NCDs y LCDs para equipo médico duradero más frecuentemente que para otros artículos y servicios.
- Requisitos del Cara a Cara y En Persona
Mientras dure esta PHE por la pandemia del COVID-19, es en el mejor interés de los pacientes, profesionales del cuidado de la salud y suplidores, limitar los encuentros cara a cara y evitar la exposición de los beneficiarios vulnerables de Medicare al COVID-19. Por lo tanto, de forma provisional, hemos finalizado que en la medida en la que una NCD o LCD (incluyendo los artículos) de otra manera requeriría un examen cara a cara o un encuentro en persona para evaluaciones, valoraciones, certificaciones u otros servicios que impliquen servicios cara a cara, estos requisitos no aplicarían durante la PHE por la pandemia del COVID-19.
Hemos notado que algunos de los requisitos del encuentro cara a cara del DMEPOS para los Equipos Motorizados de Movilidad (PMDs), están estatutariamente ordenados para propósitos de la integridad del programa. Esta IFC no aplica para esos requisitos estatutarios. Por ejemplo, los requisitos del encuentro cara a cara para PMD se encuentran en la sección 1834(a)(1)(E)(iv) del "Act", codificados como § 410.38 y nuestra regulación actualmente permite el uso de Telemedicina de acuerdo con las guías de Medicare. Hemos extendido las flexibilidades para permitir un uso mas amplio de los servicios de Telemedicina durante la PHE por la pandemia del COVID-19.
Debe tenerse en cuenta que esto no confiere cambios en las indicaciones clínicas de cobertura para ninguna LCD o NCD a menos de que específicamente se indique a continuación.
- Indicaciones Clínicas para Ciertas Políticas de Respiratorio, Manejo de Anticoagulación en Casa y Bombas de Infusión
Durante la PHE por la pandemia del COVID-19, es posible que los pacientes que están recibiendo servicios por indicaciones relacionadas con respiratorio requieran recibir cuidados en lugares inesperados, incluyendo la casa. Esto puede ser necesario debido a que pacientes COVID-19 y otros pacientes son desplazados a través de diferentes lugares de cuidado de la salud para acomodar el aumento en el volumen de pacientes.
Por lo tanto, estamos finalizando de forma provisional; que no estaremos haciendo cumplir las indicaciones clínicas de las NCDs y LCDs (incluyendo artículos) para cobertura de respiratorio, manejo de anticoagulación en casa y bombas de infusión permitiéndole a los profesionales máxima flexibilidad en el cuidado de sus pacientes. Esta discreción en el cumplimiento solo aplicará durante la PHE por la pandemia del COVID-19. Estas políticas incluyen, pero no se limitan a:
- NCD 240.2 Oxígeno en casa
- NCD 240.4 Presión Positiva Continua para la Vía Aérea para Apnea Obstructiva del Sueño.
- LCD L33800 Equipos de Respiración Asistida (ventiladores para uso en casa)
- NCD 240.5 Ventilador con Percusión Intrapulmonar
- LCD L33797 Oxígeno y Oxígeno en Casa (para uso en casa)
- NCD 190.11 Tiempo de Protrombina en Casa/Radio Internacional Normalizado (PT/INR)
Monitoreo del Manejo de la Anticoagulación
- NCD 280.14 Bombas de Infusión
- LCD L33794 Bombas de Infusión Externa
Al terminar la PHE por la pandemia del COVID-19, regresaremos a hacer cumplir las indicaciones clínicas de cobertura.

